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Causa Angelelli

Causa: “Expte. N° FCB9000411/2012/TO1, imputado Menéndez, Luciano Benjamín (D), imputado Estrella, Luis Fernando (D), imputado Videla, Jorge Rafael (D), imputado Romero, Juan Carlos (D), sobre homicidio agravado p/el concurso de dos o más personas en concurso real con asociación ilícita”

Tribunal: Dr. José Camilo Quiroga Uriburu (Presidente),
Dr.Carlos Julio Lascano  y Dr. Juan Carlos Reynaga 

Secretaria: Dra. Ana Busleiman

Imputados: Luciano Benjamín Menéndez (Jefe del III Cuerpo del Ejercito) – Fernando Estrella (Jefe de la Base Aérea Chamical) 

Co-Imputados: Romero Juan Carlos, Albano Harguindeguy, Jorge Rafael Videla (Fallecidos al momento del juicio)

Fiscalía: Dr. Michel Horacio Salman (Fiscal General), Dr. Darío Edgar Illanes, y  Dr. Fernando Gustavo Gimena (Fiscales Coadyuvantes)

Querella Particular: María Inés Coseano, Arturo Aido Pinto y O.N.G “Tiempo Latinoamericano”, con el patrocinio letrado del Dr. Miguel Angel Morales

El  Obispado de la provincia de La Rioja, representado por la Dra. Mirta Nelly Sánchez  y Dr. Pedro Oscar Goyochea

Las  Secretarias de Derechos Humanos de la Nación y de la provincia de La Rioja, representadas por los dres. Guillermo Andrés Díaz  Martínez  y  Bernardo Lobo Bugeau;

Condena: Prisión Perpetua

La Causa: El 4 de agosto de 1976 el obispo Enrique Angelelli viajaba junto al padre Arturo Pinto desde  Chamical hasta la ciudad de La Rioja, cuando un auto lo encerró en la ruta, a la altura de la localidad de  Punta de los Llanos. Venían de realizar una misa y de investigar y  compilar documentación sobre el secuestro y asesinato de los sacerdotes Gabriel Longueville y Carlos de Dios Murias, y del campesino católico Wenceslao Pedernera (ocurrido en Sañogasta), ocurridos quince días antes. El sacerdote perdió el control de la camioneta Fiat 125 Multicarga que manejaba, despistó. Monseñor Enrique Angelelli fue encontrado muerto en el medio de la ruta.

 Al día siguiente de su muerte, el diario El Sol de La Rioja, tituló: “Murió Angelelli en un accidente” y la intervención militar en el diario El Independiente publicó de la misma forma. Esta misma opinión fue la que mantuvieron por años la Dictadura y el Episcopado argentino. Pero su acompañante, Arturo Pinto, aseguró ante el Tribunal que abrió la causa en 1983 para investigar la muerte del obispo, que un Peugeot 404 maniobró bruscamente delante de ellos, provocando el vuelco de la camioneta en la que viajaban. Lo último que dijo recordar fue el ruido de una explosión. El 19 de junio de 1986, el juez Aldo Morales estableció que se trató de “un homicidio fríamente premeditado”. Las “leyes de la impunidad” en los 90 provocaron la caída de la causa. Pero la anulación de aquellas leyes, en 2005, permitió su reapertura.

El 24 de noviembre de 2011 se había dictado el auto de procesamiento y prisión preventiva de JORGE RAFAEL VIDELA, ALBANO EDUARDO HARGUINDEGUY, LUCIANO BENJAMIN MENENDEZ, LUIS FERNANDO ESTRELLA y JUAN CARLOS ROMERO, como autores mediatos de los delitos de homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas (art. 80 inc.  6° del C.P.), un (01) hecho y tentativa de homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas (arts. 42 y 80 inc. 6° del C.P.) un (01) hecho, asociación ilícita agravada (art. 210 bis del C.P.),un (01) hecho – todo ello acorde ley n° 21.338- concursados en forma real (art. 55 del C.P.).

 

La resolución de primera instancia fue confirmada con fecha 26 de julio de 2012 por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba; y formulado el requerimiento de elevación a juicio por el Ministerio Fiscal y la partes querellantes, los defensores de los imputados efectuaron oposición a la elevación a juicio, instando el sobreseimiento de sus defendidos. Ante dicho planteo de las defensas, el Juez Federal de La Rioja, resolvió rechazar los mismo, elevando la causa a juicio al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la provincia de La Rioja.

 

En el juicio de Lesa Humanidad iniciado en 2014 el asesinato de un obispo argentino premeditado por los altos mandos de la dictadura cívico militar, quedó probado durante nueve meses de juicio oral para las seis querellas y el Ministerio Público Fiscal. Para este último, el intento de asesinato termina con el accidente. Las querellas van más allá: según las autopsias, el obispo tiene un golpe contundente en el cráneo que le habría causado la muerte, y raspones que coinciden con un arrastre. 

Pidieron prisión perpetua para el jefe del Tercer Cuerpo, Luciano Benjamín Menéndez, y uno de los dos jefes de la Base Aérea del Chamical, Luis Fernando Estrella. Sus defensas oficiales insistieron en la versión inicial de la policía: que Pinto iba al volante, tuvo una pérdida momentánea de conciencia y perdió el control del vehículo. Y pidieron que se los absuelva.

El 12 de septiembre de 2014 se hizo la lectura de la sentencia donde  condenaron a Luciano Benjamín Menéndez (Jefe del Tercer Cuerpo del Ejército) y Luis Fernando Estrella (Segundo Jefe de la Base Aérea de Chamical) vino a confirmar lo que el pueblo ya sabía y gritaba desde hace 38 años.

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